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En Vilanova del Vallès se le ha cancelado a un trabajador una deuda de más de 47.000 euros

La sociedad tiende a asociar los perfiles altamente cualificados con un nivel de vida holgado. Se cree que los profesionales de determinados colectivos no tienen problemas económicos, pero no siempre es así. Las circunstancias adversas pueden hacer que cualquier familia se enfrente a una situación angustiosa.

Esto es lo que le ocurrió a un ingeniero de Vilanova del Vallès, que contactó con Libertad Sin Deudas cuando los impagos se comenzaron a acumular.

La pérdida del empleo, una pesadilla para las familias

El ingeniero, de 41 años, trabajaba por cuenta ajena desempeñando funciones relacionadas con su carrera de ingeniería. La remuneración económica era suficiente para cubrir los gastos del núcleo familiar, en el que se incluían su pareja y el hijo de esta.

La situación se torció repentinamente cuando fue despedido y tuvo que solicitar el paro. El porcentaje que le correspondía era muy bajo, puesto que no se consideraba que tuviese hijos a cargo. Además, su pareja no percibía ningún tipo de ingreso.

Mientras se encontraba en búsqueda activa de empleo, decidió solicitar algunos préstamos personales para hacer frente a la situación. Sin embargo, estuvo en el paro más tiempo de lo previsto, con lo que llegó un momento en que no podía pagar las cuotas de los créditos.

La mediación de Libertad Sin Deudas

Cuando contactó con Libertad Sin Deudas, acumulaba 47.039,80 euros de deuda. El abogado concursal Eloy Rodríguez fue el encargado de revisar su caso y valorar si reunía los requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.

Tras intentar un fallido acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores, se dio traslado del caso al Juzgado de lo Mercantil número 12 de Barcelona. En el procedimiento se solicitó el Beneficio de Exoneración de Pasivo Insatisfecho (BEPI), puesto que cumplía los requisitos legales según lo previsto en el artículo 486 de la ley concursal (TRLC).

La petición se hizo conforme al régimen general, ya que se acreditaba haber hecho frente al crédito privilegiado y crédito contra la masa. El artículo 487 del TRLC prevé que una persona natural, empresaria o no, puede obtener el BEPI si acredita ser deudor de buena fe.

Cancelación del 100 % de la deuda

Uno de los requisitos para obtener la exoneración es que previamente se debe haber liquidado el patrimonio embargable del deudor y haber atendido los créditos no exonerables, es decir, los créditos privilegiados y créditos contra la masa.

Una vez analizada la documentación presentada por Eloy Rodríguez ante el magistrado, este acordó la exoneración definitiva de todo el pasivo no satisfecho con la masa activa. Esto significa que se canceló el 100 % de la deuda, 47.039,80 euros.

El procedimiento duró menos de año y medio. Este fue el plazo de tiempo que necesitó A.R. para solucionar una situación angustiosa a causa de la acumulación de deudas impagables.

La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo que ya ha ayudado a miles de autónomos y particulares a comenzar una nueva vida libres de cargas.

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